Sílice Cristalina Respirable (RD 665/1997): Obligaciones Legales y Soluciones de Aspiración
La sílice cristalina respirable es uno de los riesgos laborales más relevantes en una gran cantidad de sectores industriales debido a su amplia presencia en proceso productivos y a su impacto demostrado en la salud de los trabajadores. La normativa española, a través del RD 665/1997, establece unas obligaciones claras para las empresas con el principal objetivo de prevenir la exposición a este agente cancerígeno. Comprender qué es la sílice cristalina respirable, por qué supone un riesgo, cuál es su encaje legal y qué medidas deben aplicarse resulta esencial para garantizar el cumplimiento normativo y proteger la salud de nuestro equipo.
¿Qué es la sílice cristalina respirable y por qué es un riesgo para la salud?
La sílice cristalina es una forma de dióxido de silicio presente de manera natural en materiales como arena, cuarzo, granito, pizarra, hormigón o cerámica. En este caso, el riesgo aparece cuando estos materiales se cortan, perforan, lijan o trituran, generando partículas muy finas que pueden permanecer suspendidas en el aire.
Se denomina sílice cristalina respirable a aquellas partículas con un tamaño lo suficientemente pequeño como para ser inhaladas y alcanzar las zonas profundas del pulmón. Una vez depositadas, el organismo tiene grandes dificultades para eliminarlas, lo que provoca una acumulación progresiva que puede derivar en enfermedades graves.
El peligro no está vinculado a exposiciones puntuales, sino a la exposición repetida o prolongada en el tiempo, incluso en concentraciones relativamente bajas, es por eso, que la sílice cristalina está considerada como uno de los contaminantes más peligrosos dentro de la prevención de riesgos laborales.
Sílice cristalina y otros agentes cancerígenos presentes en el entorno laboral
Este elemento forma parte del grupo de agentes cancerígenos presentes en numerosos entornos de trabajo, junto con sustancias como el amianto, determinados humos metálicos, compuestos químicos o emisiones diésel. Lo que diferencia a la sílice es su elevada presencia en sectores muy extendidos y su generación frecuente durante tareas que se realizan habitualmente.
A diferencia de otros agentes cancerígenos asociados a procesos más específicos, la sílice cristalina aparece en actividades tan comunes como el corte y de materiales de construcción, fundiciones, fabricación de encimeras, industria cerámica, minería o en la renovación de edificios. Esto amplía de forma considerable el número de trabajadores que están potencialmente expuestos.
Además, normalmente el riesgo suele infravalorarse, ya que el polvo generado no siempre es visible a simple vista, sin embargo, las partículas más peligrosas son precisamente las que permanecen suspendidas en el aire durante largos periodos y pueden ser inhaladas sin que el trabajador sea consciente de ello.
¿Por qué la sílice cristalina está considerada un cancerígeno?
La sílice cristalina está clasificada como un agente cancerígeno debido a la sólida evidencia científica que relaciona su inhalación con enfermedades graves. Una de las más conocidas es la silicosis, una patología pulmonar irreversible, que se caracteriza por la fibrosis progresiva del tejido pulmonar, que tiene la capacidad de manifestarse incluso años después de haber finalizado la exposición.
Además de la silicosis, la exposición a este elemento incrementa de forma considerable el riesgo de cáncer de pulmón, así como de otras enfermedades respiratorias crónicas. Por este motivo, organismos internacionales y autoridades sanitarias han incluido la sílice cristalina entre los agentes cancerígenos de mayor relevancia en el ámbito laboral.
Esta clasificación significa que no se puede tratar su gestión como un riesgo laboral convencional, sino que requiere medidas específicas de prevención, control y vigilancia de la salud, tal y como establece la legislación vigente.
RD 665/1997: obligaciones legales frente a la exposición a sílice cristalina respirable
El RD 665/1997 regula la protección de los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. En el caso de la sílice cristalina respirable, este real decreto establece una serie de obligaciones legales que las empresas deben cumplir de forma estricta.
Entre las principales obligaciones se encuentra la evaluación específica del riesgo, identificando las tareas en las que se genera polvo de sílice y determinando los niveles de exposición. En el caso de que la eliminación del riesgo no sea técnicamente posible, la empresa está obligada a reducir la exposición al nivel más bajo que sea viable.
La normativa prioriza la protección colectiva frente a la individual, lo que implica adoptar medidas técnicas y organizativas antes de recurrir al uso de equipos de protección individual. Asimismo, también exige la formación e información de los trabajadores, la vigilancia periódica de la salud y un registro de las exposiciones.
El incumplimiento de estas obligaciones puede suponer sanciones administrativas, responsabilidades legales y, sobre todo, a graves consecuencias para la salud de los trabajadores.
Medidas preventivas y técnicas para reducir la exposición a la sílice cristalina respirable
La prevención frente a la sílice cristalina respirable debe abordarse desde un enfoque integral. En primer lugar, siempre que sea posible, se debe evitar la generación de polvo mediante modificaciones en los procesos productivos.
Cuando la generación de polvo no puede eliminarse, es imprescindible optar por medidas técnicas de control, entre las que destacan los sistemas de captación y aspiración localizada. Estas soluciones permiten extraer el polvo en el mismo punto donde se produce, evitando su dispersión y reduciendo de forma significativa la concentración de sílice respirable en el aire.
Estas medidas deben complementarse con una correcta organización del trabajo, mantenimiento adecuado de los equipos, limpieza segura de las instalaciones y uso de equipos de protección individual únicamente como última barrera de seguridad.
Soluciones de aspiración como medida clave de protección colectiva
Las soluciones de aspiración localizada son una de las medidas de protección individual y colectiva más eficaces frente a la exposición a la sílice cristalina respirable, ya que permiten eliminar el polvo en el foco punto de emisión, evitando que se disperse en el ambiente laboral. A diferencia de los equipos de protección individual, estos sistemas actúan en el origen de problema, y no solo reduciendo la exposición directa sobre el trabajador, sino que evitan concentración de partículas en el medioambiente minimizando la inhalación por parte de todos los trabajadores.
Además de mejorar la seguridad y la calidad del aire, los sistemas de aspiración contribuyen directamente al cumplimiento del RD 665/1997, permitiendo reducir la exposición al nivel más bajo técnicamente posible. Su implantación protege la salud a largo plazo y mejora de forma global las condiciones del entorno de trabajo, favoreciendo espacios más seguros.
